El titular de la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET), Óscar Orué, manifestó su conformidad con la aprobación con modificaciones del proyecto de ley sobre la deducibilidad del Impuesto al Valor Agregado (IVA), que quedó en un 30% para los productos de la canasta básica, porcentaje consensuado entre el Poder Ejecutivo y la Cámara de Senadores.

Ahora queda esperar que la Cámara Baja lo considere igualmente oportuna y lo apruebe, y que en dicho caso debería entrar en vigencia un mes después de su promulgación.

“Con estas modificaciones que hizo el Senado estamos conformes, no va a haber problemas para promulgar, y en principio creo que es razonable, teniendo en cuenta la implicancia en caso de que se apruebe, porque es un porcentaje consensuado entre el Ejecutivo y el Senado. En términos generales vamos a esperar que pase a Diputados”, expresó Orué en contacto con la 650 AM.

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La propuesta legislativa, que modifica los artículos 88 y 89 de la Ley 6.389/2019 “De modernización y simplificación del Sistema Tributario Nacional”, permitirá a los contribuyentes del IVA presentar facturas de supermercados, tiendas y restaurantes relacionadas a la canasta básica y medicamentos en sus declaraciones ante el fisco, que hasta el momento no son válidas para dicho efecto.

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De un gasto de G. 1.000.000, que se paga G. 100.000 de IVA, de esto se podrá deducir G. 30.000. Foto: Gentileza.

No incluye ocio

De esta forma, lo que se logró con este proyecto aprobado con modificaciones de un 30% es un punto intermedio entre la posición de algunos legisladores y del Ministerio de Hacienda que buscaba topearlo en un 20%.

Básicamente, lo que sucederá es que si se gasta G. 1.000.000, se paga G. 100.000 de IVA y dentro de eso se podrá deducir G. 30.000, ya que el impuesto es al consumo porque a la hora de comprar, uno lo hace como consumidor final, explicó el titular de la administración tributaria.

Recordó igualmente que la ley dice que, “en caso de que también sea contribuyente, ese 10% no es tuyo, debería ser para el fisco”, agregó Orué. Al tiempo de remarcar que en este caso, lo que se agrega es la posibilidad de utilizar gastos de alimentos y bebidas hasta un 30%, pero no con cuestiones de ocio, como en el caso de las bebidas alcohólicas.

Hay que mencionar que para el caso de comidas y bebidas, antes era necesario tener facturas por separado, pero ahora ya se podrá establecer el porcentaje del gasto en un solo comprobante, al tiempo de acotar que la deducibilidad no tiene que ver con el supermercado, “está mal dicho eso”, porque en realidad tiene que ver con el producto, aclaró el titular de la SET.

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